Como una de las empresas de vigilancia privada de Madrid queremos aprovechar este post para centrarnos en cómo colocar un CCTV en una comunidad de vecinos. Sobre todo hablaremos del tema de los permisos necesarios.
Como seguro que te imaginas, hay una normativa específica al respecto. Según el contenido de la Ley Orgánica 16/1999 de Protección de Datos, un sistema de videovigilancia tiene que cumplir una serie de requisitos legales:
Hay que comunicar a la Agencia de Protección de Datos la existencia de un fichero.
También colocar un cartel que alerte de que se trata de una zona que está siendo videovigilada.
Tener a disposición del público la Cláusula informativa de la AGPD, en el caso de las tiendas y locales con presencia de público.
En Asvisegur, S.L. te recordamos que la Ley de Seguridad Privada atribuye de forma exclusiva a las empresas de seguridad debidamente autorizadas la instalación y mantenimiento de estos sistemas de seguridad. Recuerda que los circuitos cerrados de televisión son aparatos o dispositivos de seguridad electrónicos y que han de instalarlos profesionales solventes. Ten cuenta que, para colocar una cámara en la puerta de tu vivienda, tienes que pedir permiso a la comunidad de vecinos, que ha de aprobarlo en la correspondiente junta de propietarios.
Todo para disfrutar de unos aparatos que nos sirvan para prevenir un robo o un allanamiento. Pueden estar conectados a una central de alarmas. Recuerda siempre contratar los servicios de empresas de vigilancia privada de Madrid como la nuestra. Confía en profesionales tanto para la instalación del CCTV como para el mantenimiento periódico y las posibles reparaciones.