Si contratas a controladores de seguridad en Madrid has de saber todo lo que puedes exigirles como profesionales. Existen varias normativas, la última y más importante de ámbito nacional en España es la Ley 5/2014 de 4 de Abril.
Vamos a ver los principios rectores que tenemos marcados como empresa de seguridad según esta legislación:
- Cumplir con lo dispuesto en la Constitución, actuando siempre con criterios de interés general. No podemos trabajar para ningún cliente que pretenda por ejemplo amenazar a España.
- Actuar según criterios jerárquicos respetando las distintas responsabilidades, y en todo caso colaborando con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Cuando la seguridad pública esté comprometida, los controladores de seguridad en Madrid y resto del país tendrán especial obligación de ayudar a restablecer el orden siguiendo las instrucciones de las Fuerzas del Estado.
- Las empresas de seguridad no podrán interferir en manifestaciones, o conflictos políticos o laborales, ni controlar de ninguna forma la opinión sobre temas políticos, sindicales o religiosos, ni tratar datos relacionados con ideología, afiliación sindical, religión o creencias.
- No podrán tampoco comunicar a terceros este tipo de información, excepto si esos terceros son las autoridades judiciales y policiales en el ejercicio de sus funciones.
- No podrán ponerse en huelga cuando estén trabajando en entidades, públicas o no, en las que se presten servicios que se hayan declarado esenciales por la autoridad pública competente. Por ejemplo, no podemos hacer huelgas o protestar trabajando en prisiones.
Asvisegur, S.L. trabaja siguiendo todos estos principios en la Comunidad de Madrid. Si necesitas vigilantes armados privados, perros adiestrados y tecnología punta, contáctanos.